En algún momento, todos debemos enfrentar la difícil pero necesaria realidad de lo que ocurrirá tras nuestra muerte. Esta reflexión suele producirse durante algunos sucesos de la vida, como el nacimiento de un bebé, el fallecimiento de un familiar o un cambio importante en la vida, como un diagnóstico médico. Aunque hay muchos aspectos que deben tomarse en cuenta, una preocupación importante para la mayoría de las personas son sus bienes.
¿Tiene un plan sobre qué pasará con sus bienes raíces tras su fallecimiento? ¿Qué hay de sus finanzas? ¿Y sus pertenencias? Es bien sabido que una última voluntad y testamento, más conocida como “última voluntad”, es la opción que elige la mayoría de las personas a la hora de planificar qué pasará con sus bienes. Sin embargo, la mayoría no sabe bien cómo crear un testamento y qué podría pasar si no se tiene uno.
¿Qué pasa si decido no crear una última voluntad?
Una persona que fallece y no tiene un testamento se denomina “intestado”. Si alguien fallece intestado, los tribunales repartirán sus bienes según la ley estatal de New York, de conformidad con el Artículo 4-1.1 de la Ley de Sucesiones, Poderes y Fideicomisos (EPTL, por sus siglas en inglés).. Los familiares tienen derecho a una parte del patrimonio si el propietario fallece intestado, según una jerarquía estricta que se estipula en dicha ley.
En la mayoría de los casos, si el intestado tiene cónyuge pero no hijos, el(la) cónyuge heredará todo. Si tiene hijos pero no cónyuge, los hijos heredarán todo. Si tiene hijos y cónyuge, el(la) cónyuge heredará los primeros $50,000 y la mitad del saldo, y los hijos heredarán el resto. Algunas pocas veces, el intestado no tiene ni cónyuge ni hijos, en cuyo caso los bienes se transfieren al familiar más cercano. El patrimonio jamás se traspasará a amigos ni familiares lejanos, a menos que se establezca en un testamento u otro documento patrimonial similar.
Aunque estas políticas tienen como objetivo promover la equidad cuando no existen instrucciones, rara vez satisfacen los deseos del difunto. Por esto, es sumamente recomendable crear una última voluntad y no dejar que los tribunales distribuyan los bienes.
¿Qué es la última voluntad?
En palabras muy sencillas, la última voluntad es un documento escrito donde se describe lo que una persona quiere que se haga con sus bienes tras su fallecimiento. Un testamento redactado de manera correcta es legalmente vinculante, y lo debe firmar el creador del testamento, denominado “testador”. Efectivamente, la última voluntad es un conjunto de instrucciones específicas aplicadas por los tribunales y establecidas por el testador sobre cómo deben gestionarse sus asuntos tras su fallecimiento.
Aunque uno de los principales objetivos de crear una última voluntad es designar a los beneficiarios, también permite lo siguiente:
- Designar tutores para los hijos menores de edad;
- Elegir un albacea que administre el patrimonio;
- Elegir fideicomisarios que administren las finanzas de algunas personas;
- Especificar prácticas o reglas religiosas que deben respetarse.
La lista anterior incluye los aspectos que serán necesarios en la mayoría de las últimas voluntades. En circunstancias especiales, también es importante considerar lo siguiente en un testamento:
- Crear un fideicomiso para cuidar a las mascotas;
- Elegir organizaciones benéficas o de otra índole a las que realizar donaciones;
- Asegurarse de que los hijos o cónyuges de un matrimonio anterior reciban la herencia.
Al crear una última voluntad, es fundamental pensar en todas las circunstancias que podrían generar complicaciones para los beneficiarios sobrevivientes o los amigos y familiares cercanos.
Imaginemos que a Beth le interesa crear una última voluntad y consulta con un abogado. Mientras evalúa los aspectos generales que deben abordarse en el testamento, el abogado le informa a Beth que su patrimonio es más grande de lo previsto y que podría estar sujeto a impuestos elevados. Peor aún, Beth también tiene bienes fuera de New York, que probablemente deban pasar por el proceso de validación testamentaria en cada uno de dichos estados.
Debido a la complejidad de estos problemas, es sumamente recomendable que Beth busque la ayuda de un abogado patrimonial para crear su testamento. El abogado no solo se asegurará de que el testamento de Beth sea completo y esté redactado de manera correcta, sino que también identificará posibles problemas que tal vez Beth no detecte por su cuenta, como la necesidad de crear documentos adicionales de planificación patrimonial; por ejemplo, un fideicomiso.
Designar a los fiduciarios de la última voluntad
Aunque el hecho de designar a los beneficiarios es una práctica estándar a la hora de crear la última voluntad, también es importante designar a los fiduciarios. Los fiduciarios de la última voluntad son personas o partes que se encargarán del cumplimiento de varios elementos del testamento de acuerdo a los deseos del creador del testamento. Es necesario incluir tres tipos de fiduciarios en la última voluntad:
Albacea
El albacea es la persona que se encargará de administrar el patrimonio del creador del testamento tras su fallecimiento. Sin lugar a duda, esta es la persona más importante que hay que designar, ya que se encarga de proteger los bienes del creador del testamento hasta que se paguen los impuestos o las deudas. Posteriormente, se encargará de transferir lo que queda a los beneficiarios. Debido al trabajo que conlleva, la ley estatal de New York estipula que los albaceas tienen derecho a una comisión según el tamaño del patrimonio, aunque el albacea puede renunciar a dicha comisión.
Ser el albacea de una última voluntad es un trabajo importante que ocupa mucho tiempo, así que la persona que desempeñe esta función debe estar dispuesta y ser capaz de cumplir con todas las responsabilidades. En New York, el albacea debe tener por lo menos 18 años, no tener condenas por delitos graves, debe encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales y debe poder realizar las tareas propias de un albacea. Además, debe ser ciudadano de EE. UU. o debe residir en New York en caso de que no sea ciudadano de EE. UU.
Los tribunales de New York pueden rechazar un posible albacea si tiene antecedentes de deshonestidad, abuso de sustancias o si no es apto para desempeñar la función. Teniendo en cuenta los factores indicados anteriormente, es fundamental elegir con muchísimo cuidado al albacea. Un abogado patrimonial con experiencia está preparado para hacer las preguntas correctas a fin de elegir a la persona ideal que desempeñe la función.
Tutor
Si fallece el padre o la madre de un menor de edad, los tribunales decidirán la tutela de dicho menor de edad sobreviviente. Durante el proceso de selección de un tutor, la tutela que se plasme en la última voluntad prevalecerá sobre la decisión de los tribunales.
A la hora de considerar a quién designar como tutor, hay que tener en cuenta algunos aspectos. En primer lugar, la persona debe estar dispuesta a actuar como tutor, ya que la crianza de un niño es una tremenda responsabilidad que cambiará la vida de la persona. También hay que tener en cuenta los recursos financieros, ya que la crianza de un niño es costosa. Entre otras cosas, la edad también es un factor fundamental, ya que el tutor deberá asumir la responsabilidad durante muchos años.
Fideicomisario
En algunos casos, el creador de la última voluntad tiene instrucciones específicas sobre cómo quiere que se distribuyan sus bienes, en particular sus finanzas. En este caso, creará algo dentro del testamento que se llama “fideicomiso testamentario”. Un fideicomiso de este tipo garantizará que los hijos que sean adultos jóvenes no despilfarren la herencia. Además, este tipo de fideicomiso puede crearse para cualquier beneficiario que el creador del testamento quiere que tenga control respecto a la herencia.
Asimismo, en la última voluntad, debe designarse una persona que supervisará la distribución del fideicomiso, llamada “fideicomisario”. El fideicomisario se encargará de seguir las instrucciones del testamento respecto a la distribución del fideicomiso, y se considerará responsable ante los tribunales de New York.
Sin embargo, al igual que con el albacea y el tutor, hay que elegir con muchísimo cuidado al fideicomisario. Dejar a cargo a la persona equivocada puede provocar consecuencias imprevistas, y es buena idea incluir fiduciarios suplentes, ya que podría transcurrir mucho tiempo antes de que se ejecute el testamento. Un abogado patrimonial sabe las preguntas correctas que deben hacerse para elegir a un fideicomisario, así como a todos los fiduciarios mencionados anteriormente que son fundamentales para la administración exitosa y eficaz del patrimonio.
¿Qué da validez a la última voluntad en el estado de New York?
Cada estado tiene distintos procesos y requisitos para crear una última voluntad válida. Para crear un testamento válido en New York, este debe constar por escrito y lo debe firmar el testador (el creador del testamento) y dos testigos que tengan 18 años o más. Además, los testigos deben firmarlo en un plazo de 30 días tras su creación. Debe haber por lo menos dos testigos desinteresados (no beneficiarios), y el hecho de no contar con la presencia de dos testigos válidos invalidará por completo el testamento. Aunque probablemente no es muy habitual, el creador del testamento tal vez quiera que sus familiares (que también sean beneficiarios) presencien la firma para evitar cualquier disputa en el futuro, pero también debe haber dos testigos desinteresados que firmen, de conformidad con la ley de New York.
Aunque no es obligatorio, es sumamente recomendable legalizar el testamento. Generalmente, los testigos deben presentarse en el tribunal durante el proceso de validación del testamento. Sin embargo, si el testamento se creó décadas antes de su ejecución, podría ser difícil localizar a los testigos. Si un testamento es legalizado, es “válido por sí mismo”; es decir, los testigos no deberán declarar durante el proceso judicial para indicar que presenciaron la firma, pues sus firmas legalizadas son suficientes para que el tribunal considere que el testamento es válido.
¿Qué pasa con el testamento antes de que fallezca el testador?
La última voluntad es un documento privado y debe guardarse en un lugar seguro y protegido. Sin embargo, el albacea o cualquier otra parte pertinente deberán tener acceso a este, sobre todo tras el fallecimiento de la persona. Un abogado patrimonial será el mejor recurso a la hora de planificar la estrategia óptima para guardar el testamento y acceder al mismo.
¿Por qué contratar a un abogado?
Crear una última voluntad y testamento en New York a veces puede ser un proceso complicado, y la persona que crea el testamento debe proceder con cuidado. Hay muchas maneras de crear una última voluntad, pero solo si trabaja con un abogado cualificado podrá asegurarse de que el testamento incluya todo, sea legalmente válido y no cause problemas a su creador o sus familiares en el futuro.
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